Los pescadores de Rute y la comarca se muestran satisfechos con la Nueva Orden de Vedas

  • La normativa amplía de tres a cinco las zonas de pesca en el Pantano de Iznájar y refuerza la prohibición de capturar de forma intencionada el siluro

Los pescadores han hecho una limpieza en el entorno del río La Hoz, a la altura del Tajo Cortado

José Manuel García y Rafael Serena – Nueva orden de vedas para la pesca

El 24 de enero aparecía aprobada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la Nueva Orden de Vedas para la pesca. De forma automática, un día después entraba en vigor. Las modificaciones al anterior texto, que databa de 2014, satisfacen en principio a los responsables de la Asociación Medio Ambiental de Pescadores de Iznájar Lago de Andalucía (AMAPILA). Integra a pescadores y miembros de clubes y sociedades de pesca de localidades como Rute, Encinas Reales, Cuevas de San Marcos, Cabra o Iznájar. De hecho, su presidente es el ruteño José Manuel García. Tanto él como el vicepresidente, Rafael Serena, dejan claro que la normativa aumenta a embalses de toda la comunidad autónoma.

  • La pesca del siluro estaba prohibida, por ser una especia invasora, pero el texto de la nueva normativa ratifica esta restricción

En el caso concreto del de Iznájar, incluye dos novedades importantes. Una tiene que ver con los espacios habilitados para la pesca. Las zonas permitidas se amplían de tres a cinco. De esta forma, apunta Serena, pescadores de todos los municipios ribereños dispondrán de un sitio cercano, aunque en Algarinejo o Loja no sea posible si los niveles de agua son bajos como ahora. También se regula el uso de embarcaciones hasta una distancia máxima de 150 metros desde la orilla y motor eléctrico. En cuanto a los periodos hábiles, se puede pescar en cualquier época del año, salvo en los casos del barbo y la boga, “para favorecer su dinámica de reproducción”

Junto a la ampliación de zonas permitidas, el otro cambio significativo es la prohibición expresa de pescar el siluro de forma intencionada. En realidad, ya estaba prohibida en toda Andalucía la captura de esta especie invasora. El texto actual ratifica esa prohibición. En caso de que se capturara un ejemplar, no se puede devolver al agua. Si a alguien lo ocurre tiene la opción de enterrarlo o trasladarlo a un contenedor de residuos orgánicos. AMAPILA incluso colabora con la Universidad de Córdoba, enviando ejemplares para su estudio. Distinto es el caso del mejillón cebra, otra especie invasora, que no está enfocado para la pesca, si bien la condiciona hasta el punto de que se llegaron a prohibir las embarcaciones, amén de obstruir tuberías.

En general, la valoración de la nueva orden es positiva. En especial, destacan la ampliación de zonas permitidas. De hecho, dos días antes de la aprobación del texto procedieron a limpiar de una de ellas, en el entorno del río La Hoz. En este sentido, insisten en apelar a la concienciación para salvaguardar un patrimonio ambiental tan rico. No obstante, pese al paso que se ha dado, echan en falta que la Consejería de Medio Ambiente y la Federación Andaluza de Pesca vayan más lejos y elaboren un reglamento de más calado que las órdenes de vedas. El vigente que afecta a territorios como Andalucía data de 1947.

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