Las devoluciones en concepto de IBI van a paliar la deuda del Ayuntamiento de Rute con Sevillana Electricidad, tras la sentencia del Supremo

Interior de la central hidroeléctrica del Pantano  de Iznájar

Interior de la central hidroeléctrica del Pantano de Iznájar

El Tribunal Supremo ha fallado en favor de cuatro mil municipios españoles. Éstos recibirán casi 200 millones de euros en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y en contra de las compañías de electricidad. Las eléctricas deben abonar estas cantidades de IBI por tener instalados dentro del término municipal centrales nucleares, saltos de agua, centrales de ciclo combinado o embalses. Este último es el caso de Rute, en cuyo término municipal se halla la central hidroeléctrica del Pantano de Iznájar. El trasfondo de los recursos son las reformas del catastro, que desde 2002 han aumentado considerablemente sus tasas. Desde hace más de cuatro años las empresas han impugnado sucesivamente las diferentes normas que han dado cobertura a la subida de los valores catastrales de estos inmuebles especiales. En su día, la Asociación Española de la Industria Eléctrica impugnó los decretos que regulaban los nuevos valores catastrales por considerar que eran superiores a los valores de mercado.

Sin embargo, ahora todo esto lo ha rebatido el Tribunal Supremo, que rechaza los argumentos de las eléctricas. Para el Supremo, la cuestión “no es si el valor catastral se acerca más o menos a la evolución del grado de amortización contable de la instalación e inversión original, sino si el mismo ha dejado de corresponder, por circunstancias sobrevenidas, al efectivo valor de mercado del bien inmueble considerado en su conjunto”. La sentencia deja sin efecto los más de mil quinientos pleitos que están abiertos en los juzgados, tribunales y en la Audiencia Provincial.

El alcalde Francisco Javier Altamirano sostiene que con esta sentencia “por fin se pone orden y justicia a una situación que ha perjudicado a los municipios”. Ahora los pueblos afectados “podrán resarcirse de las pérdidas ocasionadas en su día”. Altamirano ha recordado que la instalación del embalse de Iznájar supuso la expropiación de los suelos más fértiles e incluso obligó a la emigración de muchos de los vecinos. Según el primer edil ruteño, las compañías eléctricas “han gozado durante mucho tiempo de unas prebendas y derechos que le permitían actuar con impunidad”. Además, apenas si han pagado impuestos por la actividad que desarrollaban.

Gracias a la sentencia, este año las empresas eléctricas tendrán que abonar las cuotas del IBI correspondientes a 2008 que avalaron y no ingresaron. Altamirano espera que en breve las compañías también se vean obligadas a abonar lo correspondiente a 2009 y 2010. Éste es el caso de Rute. No obstante, el alcalde todavía no puede concretar cuánto le corresponderá al Ayuntamiento de Rute. Lo que sí asegura es que va a ser “una cantidad importante de dinero” y va a merecer la pena toda la lucha emprendida contra estas empresas, durante tantos años.

Sin embargo, el Ayuntamiento de Rute mantiene otra pugna con Sevillana Electricidad. En este caso, en sentido contrario. Si la sentencia del Supremo es favorable en el tema del abono del IBI, por encontrarse en nuestro término municipal el Pantano de Iznájar, también el Consistorio ruteño tiene una deuda contraída con Sevilla Electricidad a la que no hace frente desde principios de año. Y es que, a juicio del alcalde, a la situación de crisis general, la bajada de ingresos por las aportaciones del Estado a los Ayuntamientos y la reducción en concepto de impuestos municipales, hay que añadir una subida del 20% por parte de Sevillana Electricidad en las tarifas de últimos recursos. Para el alcalde esto es “inaceptable”, dado que las entidades locales no sólo tienen que sufrir, “al igual que los vecinos”, unas subidas “desmesuradas” de la luz, “sino que también han de pagar este 20% de más”.

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