La nueva sentencia judicial supone que el Ayuntamiento de Rute no tenga que devolver los casi setecientos mil euros que le reclamaba Hacienda

El  alcalde ha mostrado su satisfacción por esta sentencia favorable y ha dicho que  se va a emplear en inversiones para el municipio

El alcalde ha mostrado su satisfacción por esta sentencia favorable y ha dicho que se va a emplear en inversiones para el municipio

Ya existe sentencia firme y favorable del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sobre el recurso contencioso-administrativo del Ayuntamiento de Rute contra el Ministerio de Hacienda en relación a la construcción del edificio de la Ludoteca de Rute. Fue realizado con cargo a los Fondo Estatal de Inversión Local (FEIL) de 2009.  El Ayuntamiento de Rute formuló, con fecha 3 de octubre de 2012, un recurso contencioso-administrativo contra el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Hacienda reclamaba al Consistorio ruteño el reintegro de 596.778,44 euros, más intereses de demora, por la obra “Proyecto de Edificio Cultural Juvenil Ludoteca de Rute”.  Ahora, el TSJM  ha resuelto a favor del Ayuntamiento, que ya no tendrá que devolver ese dinero. Se trata de una sentencia firme y contra la que no cabe recurso de casación.

Para el alcalde Antonio Ruiz, es “una muy buena noticia”. Según ha manifestado, es “uno de los días más importantes, más felices y más gratificantes de estos cuatro años”.  Esta sentencia favorable se suma a otra hecha pública hace unos días. El  TSJM también  daba la razón al Ayuntamiento para no tener que devolver otros ochenta y cinco mil euros, por la obras de Las Piedras-Palomares. El alcalde ha recordado que ambas obras se realizaron con cargo a los FEIL. En los dos casos el Ministerio de Hacienda exigía la devolución íntegra de las subvenciones: 596.778,44  por las obras del edificio de la Ludoteca, más otros 85.667,55 euros por las actuaciones en Piedras- Palomares. En total, el Ayuntamiento de Rute se veía abocado a reintegrar cerca de setecientos mil euros. Según ha repasado, era un problema heredado de la gestión del anterior equipo de Gobierno de IU, al que Antonio Ruiz debía hacer frente cuando llegó a la Alcaldía.

A partir de ahí, el Ayuntamiento, según ha explicado el propio alcalde, tomó “una doble decisión”. Por una parte, dada la precaria situación económica en  esos momentos, se optó por  pedir un aplazamiento a Hacienda para poder devolver la subvención a plazos. El Ministerio de Hacienda concedió esa devolución fraccionada, a razón de una media de unos once mil euros mensuales. La otra decisión adoptada por el Consistorio ruteño fue la de recurrir la sentencia. En este sentido, el propio alcalde ha dicho que, pese a que consideraban que estaba bien fundamentada por los técnicos municipales, tenían “pocas esperanzas” de que se resolviese de forma favorable. Sin embargo, finalmente la sentencia recurrida se ha dictado a favor del Ayuntamiento.

La demanda del Ministerio de Hacienda se fundamentó en el incumplimiento de  las condiciones establecidas en el decreto que regulaba la concesión de dichas subvenciones. En concreto, se estimaba incumplido el plazo de pago de tres certificaciones de obra. El Ayuntamiento argumentó su reclamación en base a varios motivos. El primero era el de considerar que no se había producido un incumplimiento de las condiciones esenciales de la subvención: aunque se admite que las certificaciones se realizaron fuera de plazo, eso no quería decir que no se hubiese pagado al contratista y que la obra no se hubiese realizado. El segundo motivo, en base al principio de proporcionalidad, alegaba que el retraso, que no incumplimiento, no debía determinar el reintegro de toda la subvención. Otro de los incumplimientos de la Administración local consistió en permitir al subcontratista el empleo de un número de trabajadores menor que los presupuestados inicialmente. En este sentido, desde el Ayuntamiento también consideraba que esto tampoco debía ser motivo de reintegro total.

Deja un comentario