La presente ordenanza tiene por objeto la regulación de las condiciones de protección y bienestar de los animales tanto de

compañía como los utilizados con fines lúdicos o deportivos, que vivan bajo la posesión de los seres humanos, en el entorno

domestico y urbano del término municipal de Rute.


Esta Ordenanza regula, entre otras muchas, las siguientes condiciones:

Deposiciones en la Vía Pública.La persona que posea un perro u otro animal, deberá impedir que este deposite sus

excrementos en las vías y espacios públicos (especialmente, aceras, paseos y jardines), quedando obligada a la recogida de sus defecaciones.

Animales abandonados o perdidos.Queda prohibido el abandono de animales. Los propietarios de los animales que no deseen continuar

teniéndolos consigo están obligados a entregarlos a los servicios municipales encargados de su recogida o a una asociación  de protección y

defensa de los animales. El Ayuntamiento, directamente o a través del Servicio Supramunicipal de Recogida de Perros Vagabundos, se hará

cargo de la recogida y transporte de los animales abandonados y perdidos así como de su cesión o traslado al Centro correspondiente.

Registro Municipal de Animales de compañía:Los propietarios de animales de compañía (perros, gatos y hurones) están obligados a la

inscripción de los mismos en el Registro Municipal de Animales de Compañía del Ayuntamiento que se habilitará para tal fin.

Circulación de animales por la vía pública:Los animales solo podrán acceder a las vías y espacios públicos cuando sean conducidos

por sus poseedores y no constituyan un peligro para los transeúntes u otros animales. Todos los perros irán sujetos con una correa y provistos

de la corriente identificación. Y los que por sus características así lo requieran deberán ir provistos de bozal.

El incumplimiento de algunas premisas reguladas en la presente Ordenanza estarán sujetas a las siguientes Sanciones:

Infracciones muy graves: multas de 2.001 a 30.000€ para aquellos que maltraten o abandonen a los animales.
Infracciones Graves: multas de 501 a 2.000€ para aquellos que no mantengan a los animales en buenas condiciones higiénico-sanitarias.
Infracciones leves: multas de 75 a 500€ para aquellos propietarios que permitan que sus animales ensucien la vía pública, que causen ruido y así

perturben el descanso, asi como que permitan pasear a los animales sin correa y sin bozal dependiendo de la naturaleza del animal.